Animal Rights

Judgment 07392-2013-PHC/TC - Peru

Summary: This judgment resolves the dissents of the judges as written in the Serrano v. Horse Brown SAC case. It discusses ideas of the protection of nonhuman animals and the prevalence of positive and negative duties to nature, as well as Peruvian constitutional rights concerning property and overall personal liberty. The judgment resolves that the lawsuit was unfounded and must be understood within the framework of Amparo law.

This judgment resolves the dissents of the judges as written in the Serrano v. Horse Brown SAC case. It discusses ideas of the protection of nonhuman animals and the prevalence of positive and negative duties to nature, as well as Peruvian constitutional rights concerning property and overall personal liberty. The judgment resolves that the lawsuit was unfounded and must be understood within the framework of Amparo law.

Sentencia 00017-2010-PI/TC, 2011 - Peru

El Colegio de Abogados de Lima Norte interpuso esta demanda contra el Congreso de la República de Perú en relación con varias leyes que promovían el desarrollo de espectáculos públicos no deportivos, como las corridas de toros y las peleas de gallos. El Colegio de Abogados alegó que la legislación era inconstitucional ya que contradecía el derecho a la igualdad así como varios principios fiscales al gravar los espectáculos no deportivos pero no los deportivos.

Sentencia EXP. N.° 2620-2003-HC/TC - Peru

Summary: En este caso, el apelante presentó una acción de hábeas corpus contra un magistrado por amenazar con arrestarlo por mostrar descontento político usando una rata como mascota en una jaula. El magistrado ordenó a la policía que confiscara la rata, implicando una amenaza para el animal. El tribunal de primera instancia falló en contra del apelante, declarando que sus acciones ofendieron la dignidad del magistrado y que el magistrado estaba protegiendo su reputación. El tribunal de apelación estuvo de acuerdo, señalando la diferencia entre la libre expresión y ofender el honor, y también declaró infundada la queja.

En este caso, el apelante presentó una acción de hábeas corpus contra un magistrado por amenazar con arrestarlo por mostrar descontento político usando una rata como mascota en una jaula. El magistrado ordenó a la policía que confiscara la rata, implicando una amenaza para el animal. El tribunal de primera instancia falló en contra del apelante, declarando que sus acciones ofendieron la dignidad del magistrado y que el magistrado estaba protegiendo su reputación. El tribunal de apelación estuvo de acuerdo, señalando la diferencia entre la libre expresión y ofender el honor, y también declaró infundada la queja.

Sentencia EXP. N.° 2620-2003-HC/TC - Peru

Summary: In this case, the appellant filed a habeas corpus action against a magistrate for threatening to arrest him for displaying political disfavor using a pet rat in a cage. The magistrate ordered the police to seize the rat, implying a threat to the animal. The first court ruled against the appellant, stating his actions offended the magistrate's dignity and that the magistrate was protecting his reputation. The appellate court agreed, noting the difference between free expression and offending honor, and also declared the complaint unfounded.

In this case, the appellant filed a habeas corpus action against a magistrate for threatening to arrest him for displaying political disfavor using a pet rat in a cage. The magistrate ordered the police to seize the rat, implying a threat to the animal. The first court ruled against the appellant, stating his actions offended the magistrate's dignity and that the magistrate was protecting his reputation. The appellate court agreed, noting the difference between free expression and offending honor, and also declared the complaint unfounded.

Case of Petunia, the pet pig (2022) - Peru

Summary: The case concerns a legal dispute between the plaintiff and the District Municipality of San Ramón over the plaintiff's right to keep her pet pig, Petunia, at her dwelling. The plaintiff filed an Amparo petition to invalidate four administrative resolutions and dismiss an administrative sanctioning procedure that ordered Petunia's removal. She argued that the resolutions violated her rights to due process, personal development, and privacy, emphasizing the emotional bond with Petunia and Petunia's welfare rights. The lower court denied the Amparo, suggesting administrative procedures as the proper recourse. However, on March 16, 2022, the Juzgado Civil de La Merced granted the petition, invalidated the resolutions, and allowed the plaintiff to keep Petunia under good sanitary conditions.

The case concerns a legal dispute between the plaintiff and the District Municipality of San Ramón over the plaintiff's right to keep her pet pig, Petunia, at her dwelling. The plaintiff filed an Amparo petition to invalidate four administrative resolutions and dismiss an administrative sanctioning procedure that ordered Petunia's removal. She argued that the resolutions violated her rights to due process, personal development, and privacy, emphasizing the emotional bond with Petunia and Petunia's welfare rights. The lower court denied the Amparo, suggesting administrative procedures as the proper recourse. However, on March 16, 2022, the Juzgado Civil de La Merced granted the petition, invalidated the resolutions, and allowed the plaintiff to keep Petunia under good sanitary conditions.

Auto Interlocutorio Numero Veinte: QUATTROCCHIO WANDA S/ MALTRATO ANIMAL- Argentina

Summary: Este es un caso de crueldad animal en el que Wanda Quattrochio presencio al demandado golpeando con un látigo a los perros del vecino. Wanda filmó el incidente y presentó una denuncia por crueldad animal. El demandado estaba a cargo del cuidado de los perros mientras su dueño estaba fuera. Cuando las autoridades llegaron a la casa para confiscar a los animales, encontraron a seis perros en pequeñas jaulas sucias, con agua sucia y sin comida. Luego de considerar los testimonios de los testigos y otras pruebas, el juez concluyó que el acusado había infringido los artículos 1 a 3 de la ley de protección animal (Ley 14.346) y fue procesado por el delito de crueldad animal. En su análisis del caso, la jueza afirmó que los animales no son cosas ni recursos sino seres vivos con potencial de ser "sujetos de vida".

Este es un caso de crueldad animal en el que Wanda Quattrochio presencio al demandado golpeando con un látigo a los perros del vecino. Wanda filmó el incidente y presentó una denuncia por crueldad animal. El demandado estaba a cargo del cuidado de los perros mientras su dueño estaba fuera. Cuando las autoridades llegaron a la casa para confiscar a los animales, encontraron a seis perros en pequeñas jaulas sucias, con agua sucia y sin comida. Luego de considerar los testimonios de los testigos y otras pruebas, el juez concluyó que el acusado había infringido los artículos 1 a 3 de la ley de protección animal (Ley 14.346) y fue procesado por el delito de crueldad animal. En su análisis del caso, la jueza afirmó que los animales no son cosas ni recursos sino seres vivos con potencial de ser "sujetos de vida".

QUATTROCCHIO WANDA S/ MALTRATO ANIMAL - Argentina

Summary: This is an animal cruelty case in which Wanda Quattrochio witnessed the defendant whipping the neighbor's dogs. Wanda recorded the events and filed a complaint about animal cruelty. The defendant was in charge of caring for the dogs while their owner was away. When the authorities arrived at the house to seize the dogs, they found six dogs in small dirty kennels, with unclean water and without food. After considering the testimony of witnesses and other evidence, the judge concluded that the defendant had violated articles 1-3 of the anti-cruelty law (Ley 14.346) and was found guilty of animal cruelty. In her analysis of the case, the judge stated that animals were not things or resources but rather living beings with the potential to be "subjects of life."

This is an animal cruelty case in which Wanda Quattrochio witnessed the defendant whipping the neighbor's dogs. Wanda recorded the events and filed a complaint about animal cruelty. The defendant was in charge of caring for the dogs while their owner was away. When the authorities arrived at the house to seize the dogs, they found six dogs in small dirty kennels, with unclean water and without food. After considering the testimony of witnesses and other evidence, the judge concluded that the defendant had violated articles 1-3 of the anti-cruelty law (Ley 14.346) and was found guilty of animal cruelty. In her analysis of the case, the judge stated that animals were not things or resources but rather living beings with the potential to be "subjects of life."

Causa No. 09209202301263

Summary: Los demandantes interpusieron un Habeas Corpus argumentando la vulneración de los derechos a la libertad, vida, integridad, libre desarrollo del comportamiento animal y derecho a la salud de los animales alojados en el Narayana Aventura Park. El argumento principal se centró en el estado grave de desnutrición en el que se encontraban los animales, así como en las condiciones de confinamiento inadecuadas a las que estaban sujetos. El Narayana Aventura Park se presenta como un centro de rescate que alberga una variedad de animales exóticos, endémicos y domésticos. Su represéntate negó cualquier violación a los derechos de los animales, asegurando que se les proporcionaban las condiciones mínimas de bienestar requeridas por ley y contaban con todos los permisos necesarios. Tras un exhaustivo análisis del caso y una cuidadosa consideración de las leyes aplicables al caso, la juez decidió conceder el Habeas Corpus a favor de los animales alojados en el Parque reconociendo que si hubo un impacto significativo en los derechos de los animales bajo el cuidado del parque. La juez llegó a esta conclusión basándose en el Artículo 89 de la Constitución de Ecuador, así como en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Sentencia No. 253-20-JH/22 (Caso de Estrellita). No obstante, siguiendo las recomendaciones de los de la comisión de peritos en el caso, el tribunal permitió que los animales permanecieran en el parque y ordenó la readecuación de los espacios y las dietas de todos los animales del parque dentro de un plazo de tres meses tras el fallo de cuerdo a las sugerencias en dichos expertos. Es importante anotar que el demandado apeló esta decisión y actualmente está en proceso de revisión.

Los demandantes interpusieron un Habeas Corpus argumentando la vulneración de los derechos a la libertad, vida, integridad, libre desarrollo del comportamiento animal y derecho a la salud de los animales alojados en el Narayana Aventura Park. El argumento principal se centró en el estado grave de desnutrición en el que se encontraban los animales, así como en las condiciones de confinamiento inadecuadas a las que estaban sujetos. El Narayana Aventura Park se presenta como un centro de rescate que alberga una variedad de animales exóticos, endémicos y domésticos. Su represéntate negó cualquier violación a los derechos de los animales, asegurando que se les proporcionaban las condiciones mínimas de bienestar requeridas por ley y contaban con todos los permisos necesarios. Tras un exhaustivo análisis del caso y una cuidadosa consideración de las leyes aplicables al caso, la juez decidió conceder el Habeas Corpus a favor de los animales alojados en el Parque reconociendo que si hubo un impacto significativo en los derechos de los animales bajo el cuidado del parque. La juez llegó a esta conclusión basándose en el Artículo 89 de la Constitución de Ecuador, así como en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Sentencia No. 253-20-JH/22 (Caso de Estrellita). No obstante, siguiendo las recomendaciones de los de la comisión de peritos en el caso, el tribunal permitió que los animales permanecieran en el parque y ordenó la readecuación de los espacios y las dietas de todos los animales del parque dentro de un plazo de tres meses tras el fallo de cuerdo a las sugerencias en dichos expertos. Es importante anotar que el demandado apeló esta decisión y actualmente está en proceso de revisión.